Guía para empresas: Cómo calcular y pagar la CTS en Perú (incluyendo MYPE) - Reseña completa y análisis detallado

Guía para empresas: Cómo calcular y pagar la CTS en Perú (incluyendo MYPE)

Eduardo
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La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es una obligación laboral clave para muchas empresas en Perú, pero las micro y pequeñas empresas (MYPE) tienen reglas específicas. En este artículo, desde Contesa, tu estudio contable en Perú, explicamos cómo calcular la CTS, los plazos de pago (mayo y noviembre), las excepciones para MYPE, y cómo cumplir con las regulaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL).

¿Qué es la CTS y por qué es importante para las empresas?

La CTS, regulada por la Ley N° 27735, es un beneficio social que protege a los trabajadores en caso de cese laboral. Para las empresas, cumplir con esta obligación es crucial para evitar sanciones de SUNAFIL y mantener una gestión laboral conforme a la normativa.

¿Qué empresas están obligadas a pagar la CTS?

Las empresas del sector privado con trabajadores en planilla bajo el régimen laboral general que cumplan una jornada mínima de 4 horas diarias o 20 horas semanales deben pagar la CTS. Sin embargo, las MYPE, reguladas por la Ley N° 30056, tienen excepciones:

  • Microempresas: No están obligadas a pagar CTS, salvo que el trabajador haya sido contratado antes del registro de la microempresa en el REMYPE (Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa).
  • Pequeñas empresas: Deben pagar CTS, pero con un cálculo reducido (50% de lo que corresponde al régimen general) para trabajadores contratados bajo el régimen especial de MYPE.

Consulta más detalles en la guía del MTPE sobre la CTS.

¿Cómo calcular la CTS correctamente?

El cálculo de la CTS depende del régimen laboral y, en el caso de las pequeñas empresas, tiene particularidades. A continuación, te explicamos el proceso:

Paso 1: Determina la base de cálculo

La base incluye:

  • Sueldo básico: El sueldo mensual fijo del trabajador.
  • 1/6 de la gratificación: Promedio de las gratificaciones del semestre anterior (julio o diciembre).
  • Asignación familiar: S/ 102.5 (a octubre 2023) para trabajadores con hijos menores de edad o con discapacidad.

Fórmula base: Sueldo mensual + 1/6 de la gratificación + asignación familiar (si aplica).

Paso 2: Ajusta según el régimen

  • Régimen general: Se calcula el 100% de la CTS.
  • Pequeñas empresas (MYPE): Se calcula el 50% de la CTS para trabajadores contratados bajo el régimen especial de MYPE.
  • Microempresas: No pagan CTS, salvo para trabajadores contratados antes del registro en REMYPE, quienes están bajo el régimen general.

Paso 3: Considera los meses trabajados

La CTS se calcula por cada mes completo trabajado en el semestre:

  • Semestre mayo-octubre: Para el depósito de noviembre.
  • Semestre noviembre-abril: Para el depósito de mayo.

Por cada mes completo, se considera 1/12 de la base de cálculo. Si el trabajador no laboró todo el semestre, el cálculo es proporcional.

Fórmula final (régimen general):

CTS = (Sueldo mensual + 1/6 gratificación + asignación familiar) × (Meses trabajados / 6)

Fórmula para pequeñas empresas (MYPE):

CTS = [(Sueldo mensual + 1/6 gratificación + asignación familiar) × (Meses trabajados / 6)] × 50%

Ejemplo práctico para empresas

Un trabajador en una pequeña empresa (régimen MYPE) con un sueldo de S/ 2,000, S/ 600 de gratificación en el semestre y asignación familiar de S/ 102.5, trabajó 6 meses:

  1. Base: S/ 2,000 + (S/ 600 ÷ 6) + S/ 102.5 = S/ 2,202.5
  2. CTS (régimen general): S/ 2,202.5 × (6 ÷ 6) = S/ 2,202.5
  3. CTS (MYPE): S/ 2,202.5 × 50% = S/ 1,101.25

La empresa deposita S/ 1,101.25 en noviembre.

¿Cuándo debe la empresa pagar la CTS?

Las empresas obligadas a pagar CTS deben depositarla dos veces al año, según lo establecido por el MTPE:

  • Primera quincena de mayo: Corresponde al semestre noviembre-abril (mitad del beneficio anual).
  • Primera quincena de noviembre: Corresponde al semestre mayo-octubre (la otra mitad).

El depósito debe realizarse en una cuenta bancaria, caja municipal o cooperativa autorizada por el trabajador. Las microempresas no tienen esta obligación, salvo en los casos mencionados.

Consecuencias de no pagar la CTS

El incumplimiento del pago de la CTS (cuando aplica) es una infracción grave según la Ley N° 28806. SUNAFIL puede imponer multas, y los trabajadores pueden presentar denuncias que generen inspecciones. Las pequeñas empresas deben ser especialmente cuidadosas con el cálculo reducido.

Recomendaciones para empresas (incluyendo MYPE)

1. Verifica el régimen laboral

  • Confirma si tu empresa está registrada como MYPE en el REMYPE y qué régimen aplica a cada trabajador.
  • Revisa si algún trabajador contratado antes del registro en REMYPE tiene derecho a CTS completa.

2. Organiza los cálculos

  • Usa un sistema contable para registrar sueldos, gratificaciones y asignaciones familiares.
  • Asegúrate de aplicar el 50% en el cálculo para trabajadores bajo el régimen MYPE.

3. Cumple con los plazos

  • Planifica los depósitos de mayo y noviembre con anticipación.
  • Coordina con los trabajadores las cuentas de depósito para evitar errores.

4. Mantente actualizado

  • Consulta las guías del MTPE o contacta al (01) 6306000 para dudas.
  • Revisa las actualizaciones de SUNAFIL sobre normativas laborales.

5. Asesórate con expertos

  • Confía en Contesa para garantizar cálculos precisos y cumplimiento normativo, especialmente si eres una MYPE con trabajadores en diferentes regímenes.

Conclusión

Cumplir con la CTS es fundamental para las empresas en Perú, incluidas las pequeñas empresas que deben pagar el 50% del beneficio. Las microempresas están exentas, salvo excepciones, pero todas deben conocer la normativa para evitar sanciones de SUNAFIL. En Estudio Contable Contesa, ofrecemos asesoría contable y laboral especializada para calcular y depositar la CTS en mayo y noviembre, asegurando el cumplimiento con el MTPE. ¡Contáctanos para optimizar tus procesos laborales!